Las personas físicas que no tienen la consideración de residentes fiscales en España, pero obtienen determinadas rentas en territorio español o son propietarias de bienes situados en España, pueden estar obligadas a tributar a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) mediante la presentación del Modelo 210. Este modelo se utiliza para declarar, entre otras situaciones, la renta imputada por la propiedad de inmuebles, los rendimientos derivados del alquiler de viviendas, determinadas ganancias patrimoniales y otras rentas obtenidas en España sin mediar un establecimiento permanente.
Muchos propietarios extranjeros desconocen que tener una vivienda en España, aunque no se alquile, puede generar determinadas obligaciones fiscales. Del mismo modo, quienes obtienen ingresos por alquileres o venden un inmueble deben cumplir con normas específicas y respetar los plazos establecidos por la Agencia Tributaria.
En Alejo Serra Bradford prestamos asesoramiento especializado a propietarios no residentes, inversores internacionales y ciudadanos extranjeros con obligaciones fiscales en España, ofreciendo un servicio personalizado para garantizar el correcto cumplimiento de la normativa tributaria.
Prestamos asistencia, entre otros, a:
Propietarios no residentes de viviendas en España.
Personas que poseen una segunda residencia en territorio español.
No residentes que obtienen ingresos por alquileres.
Inversores con inmuebles situados en España.
Personas que han vendido una propiedad en España.
Ciudadanos extranjeros con rentas de fuente española.
Expatriados que han dejado de ser residentes fiscales en España pero mantienen inversiones en el país.
Propietarios que desean revisar declaraciones de ejercicios anteriores.
Cada situación debe analizarse individualmente, ya que las obligaciones fiscales varían según el tipo de renta obtenida, el país de residencia y la normativa aplicable.
Ofrecemos un asesoramiento integral relacionado con el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, incluyendo:
Preparación y presentación del Modelo 210.
Tributación de viviendas de uso propio de no residentes.
Declaración de rentas derivadas del alquiler de inmuebles.
Tributación por la venta de bienes inmuebles en España.
Análisis de gastos deducibles cuando la normativa lo permita.
Aplicación de Convenios para Evitar la Doble Imposición.
Revisión de declaraciones presentadas en ejercicios anteriores.
Regularización de obligaciones fiscales pendientes.
Asesoramiento continuado para propietarios no residentes.
Nuestro objetivo es que cada declaración se presente correctamente, respetando los plazos legales y aplicando la normativa tributaria vigente.
El Modelo 210 no afecta únicamente a quienes obtienen ingresos por alquileres.
Muchos propietarios extranjeros desconocen que la simple titularidad de un inmueble urbano en España puede generar la obligación de presentar una declaración anual por la denominada renta imputada, incluso cuando la vivienda permanece vacía y no produce ingresos. Asimismo, la venta de un inmueble o la obtención de otras rentas de fuente española puede dar lugar a obligaciones adicionales con la Agencia Tributaria. Los plazos y la forma de presentación dependen del tipo de renta declarada.
Por este motivo, antes de presentar cualquier declaración analizamos la situación concreta del cliente para determinar cuáles son sus obligaciones fiscales y evitar posibles errores o incumplimientos.
Nuestro despacho está especializado en fiscalidad internacional y en el asesoramiento a ciudadanos extranjeros con inversiones y patrimonio en España.
Asesoramos habitualmente a propietarios no residentes, expatriados e inversores internacionales, ofreciendo soluciones adaptadas a cada situación y explicando de forma clara las obligaciones tributarias derivadas de la propiedad o explotación de inmuebles en España.
Nuestro objetivo no es únicamente confeccionar una declaración tributaria, sino ayudar al cliente a comprender su situación fiscal y planificar adecuadamente sus obligaciones futuras.
En muchos casos, sí. Los propietarios no residentes de determinados inmuebles urbanos situados en España pueden estar obligados a presentar una declaración anual por la renta imputada, aunque la vivienda no haya generado ingresos durante el año.
Los ingresos obtenidos por el alquiler de un inmueble situado en España pueden estar sujetos al IRNR y deben declararse mediante el Modelo 210 conforme a los plazos y condiciones establecidos por la normativa tributaria.
Sí. La venta de un inmueble por un no residente suele generar obligaciones fiscales específicas y requiere la presentación del Modelo 210 para declarar, en su caso, la ganancia patrimonial obtenida.
Sí. España mantiene convenios con numerosos países que pueden afectar a la tributación de determinadas rentas. Es recomendable analizar cada caso para determinar el tratamiento fiscal aplicable.
Si es propietario de un inmueble en España, obtiene ingresos de fuente española o desea conocer sus obligaciones fiscales como no residente, estaremos encantados de estudiar su situación.
En Alejo Serra Bradford ofrecemos un asesoramiento especializado en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), ayudando a propietarios, inversores y expatriados a cumplir correctamente con sus obligaciones tributarias en España mediante un servicio profesional, personalizado y adaptado a las circunstancias de cada cliente.