Visado para residir en España sin realizar una actividad lucrativa (laboral o profesional) siempre que disponga de medios de subsistencia garantizados y suficientes. Este visado no autoriza a trabajar.
Pueden obtener también el visado los siguientes familiares:
El cónyuge o pareja de hecho.
Los hijos y los ascendientes a cargo que formen parte de la unidad familiar.